lunes, 26 de enero de 2009

SUPERSOLIDARIA

REPORTES DE CONTROL Y PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Se recuerda a las cooperativas de ahorro y crédito y multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito que a partir de enero de 2009, los reportes de transacciones en efectivo, clientes exonerados y productos ofrecidos deberán reportarse directamente a la UIAF dentro de los primeros 10 días del mes de enero de 2009, como se establece en el numeral 11.4 del capítulo XI del Título II de la nueva Circular Básica Jurídica, Circular Externa N° 07 de 2008, que puede consultar en el link normativa/normas de la Supersolidaria.
Para mayor información sobre los reportes, ingrese a la página web de la UIAF: Reportes a la UIAF, Reportes vigilados Supersolidaria en el siguiente enlace http://www.uiaf.gov.co/index.php?idcategoria=2510 Si producto de la experiencia, Usted tiene alguna sugerencia que pueda aportar a los usuarios del sistema SIMCO PLUS será bien recibida en el correo lvaldes@ethosweb.com

lunes, 19 de enero de 2009

SUPERSOLIDARIA

CERTIFICACIÓN DEL INTERÉS BANCARIO CORRIENTE PARA LAS MODALIDADES DE CRÉDITO DE CONSUMO Y ORDINARIO, Y MICRO CRÉDITO: La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los Decretos 519 de 2007 , 919 de 2008 3819 de 2008, expidió el 30 de diciembre la Resolución No. 2163 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente período y modalidad de crédito: Consumo y Ordinario: entre el 1 de enero y el 31 de marzo de de 2009. La mencionada Resolución certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 20.47%, lo cual representa una disminución del 0.55% en relación con la anterior certificación (21.02%). De conformidad con las disposiciones del Decreto 3819 de 2008, se mantiene la vigencia del Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de micro crédito establecida en la Resolución No. 428 de 2007, hasta el 31 de marzo de 2009, correspondiente a 22.62%. INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, modificado por el artículo 111 de la Ley 510 de 1999 y en concordancia con lo señalado en los artículos 2 y 3 del Decreto 519 de 2007, modificado por los Decretos 919 y 3819 de 2008, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 33.93% efectivo anual para la modalidad de micro crédito y el 30.71% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario. USURA: Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 33.93% para la modalidad de micro crédito y en 30.71% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, atendiendo lo dispuesto en los artículos 2 y 3 del Decreto 519 de 2007, modificado por los Decretos 919 y 3819 de 2008, resultado correspondiente a la modalidad de Crédito de consumo y ordinario representa una disminución de 0.82% con respecto al periodo anterior (31.53%). Si producto de la experiencia, Usted tiene alguna sugerencia que pueda aportar a los usuarios del sistema SIMCO PLUS será bien recibida en el correo lvaldes@ethosweb.com

lunes, 12 de enero de 2009

CIERRES CONTABLES

Por: Sandra Díaz.
Recuerde que cuando se generen diferencias o inconsistencias en la información al generar el libro de terceros, se debe hacer seguimiento para identificar en qué momento se generó dicha diferencia; para ello es necesario ejecutar la funcionalidad de Cierre de terceros; la cual permite verificar si el saldo final de un mes es igual al saldo inicial del mes siguiente. De no ser así, en los periodos digitados se consulta en la funcionalidad de Cuadre de terceros, la cual le permite verificar si para un rango dado de fecha hay terceros repetidos, cuentas sin asignar a terceros o cuentas de terceros repetidas, si algo de lo anterior se presenta ésta funcionalidad le permite corregir estos casos. Ahora si podrá generar el libro de terceros. Si producto de la experiencia, Usted tiene alguna sugerencia que pueda aportar a los usuarios del sistema SIMCO PLUS será bien recibida en el correo lvaldes@ethosweb.com

lunes, 5 de enero de 2009

PARAMETROS GENERALES

Por: Ing. Diana Piragauta.
Recuerde que en $497.000 quedó salario mínimo del 2009; subió porcentaje de inflación de 2008 que fue de 7.67%, se debe actualizar el parámetro general No. 10; así mismo el subsidio de transporte quedo en 59.300 pesos se debe actualizar el parámetro general No. 1090. Si producto de la experiencia, Usted tiene alguna sugerencia que pueda aportar a los usuarios del sistema SIMCO PLUS será bien recibida en el correo lvaldes@ethosweb.com.